Seguro de accidentes personales

Descripción

Con el Seguro de Accidentes Personales se indemniza al asegurado o a los beneficiarios en caso de que se presente muerte o invalidez con motivo de una situación accidental.
También se tiene la posibilidad de contratar coberturas adicionales que complementan el seguro.
Por incapacidad, se recibe una renta por cada día que no se pueda trabajar o realizar las actividades cotidianas con normalidad. Adicionalmente, se reembolsan los gastos médicos en que se incurra a causa de un accidente y que la EPS o el Seguro de Salud no cubran.

TODAS LAS COBERTURAS, COBERTURAS OPCIONALES Y VENTAJAS DEPENDEN DE LA PÓLIZA ADQUIRIDA.

Quién puede adquirirlo

El Seguro de Accidentes Personales está disponible para todas las personas a partir de los 14 años de edad y hasta los 65 años interesadas en adquirirlo, de acuerdo con las políticas de suscripción y los criterios de evaluación médica establecidos.

Ventajas

La probabilidad de que la vida nos cambié radicalmente a causa de un accidente es muy alta, por eso es indispensable tener tranquilidad económica en caso de que nuestras posibilidades para seguir generando ingresos pueda verse disminuida. La póliza tiene coberturas en incapacidades, en muerte accidental y también asistenciales de tal manera que nuestro patrimonio no se vea afectado en caso tal.

Lo que no cubre

• Cuando en el siniestro haya habido dolo, culpa grave o se haya realizado por un acto voluntario.
• Intoxicaciones, lumbalgias, espasmos musculares y hernias de cualquier clase.
• Enfermedades congénitas o lesiones, defectos físicos y enfermedades originadas o adquiridas antes de contratar el seguro, salvo que las​ conocieras.
• Cuando haya mala fe del asegurado o beneficiario en la reclamación o en la comprobación del derecho al pago del siniestro.
• Cuando la reclamación se realice por fuera de los términos de prescripción.
• Cuando apliquen las exclusiones definidas para cada cobertura.
• Cuando exista reticencia por parte del asegurado al momento de diligenciar la declaración de asegurabilidad.

Qué cubre

• Muerte accidental
• Invalidez, desmembración o inutilización por accidente

Cobertura adicional

• Invalidez, desmembración o inutilización por enfermedad
• Gastos de curación
• Renta diaria por accidente